Vivienda plantea en su borrador una prórroga de dos años para alquileres y prohibir desahucios solo hasta 2028

El borrador del decreto de vivienda que negocia el Gobierno con Sumar y con los grupos parlamentarios incluirá la posibilidad de solicitar una prórroga al mismo precio tan solo de los contratos de alquiler que venzan, como tarde, en 2028. El documento, al que ha tenido acceso elDiario.es, también pone esa fecha límite a la prohibición de desahucios a personas vulnerables. Sumar aún no ha dado su beneplácito al texto y ha presentado una contrapropuesta en la que exige, entre otras cosas, que el decreto incluya la renovación automática de los contratos una vez venzan para que, en la práctica, se conviertan en indefinidos salvo que el casero necesite la casa para sí o sus familiares. Esa es la principal exigencia del Sindicato de Inquilinas.
El texto se está trabajando todavía y no es definitivo, pero apenas queda tiempo para hacer cambios fruto de la negociación entre PSOE y Sumar, puesto que el presidente Pedro Sánchez prometió aprobarlo este martes en Consejo de Ministros. No obstante, ambas alas del Gobierno están negociando contra reloj porque Sumar asegura que el acuerdo “todavía no está cerca” y que el texto “debe recoger las demandas expuestas por el Sindicato de Inquilinas” en su concentración en la Puerta del Sol de Madrid.
Según figura en el último borrador del decreto, los desahucios solo se suspenderían en el caso de que el casero fuera una empresa o bien una persona física con tres o más viviendas: los caseros con dos pisos o menos podrían desahuciar sin cortapisas. Esa suspensión, no obstante, no sería permanente: se revisaría cada 12 meses y decaería, como máximo, a los tres años: a partir de ese periodo, si las administraciones no han logrado encontrar una alternativa habitacional al inquilino vulnerable, el desalojo se reactivaría. Fuentes de Sumar aseguran que no están satisfechas con esa redacción y que están negociando “reforzar la protección frente a los desahucios”, aunque no aclaran en qué términos.
Además, el texto establece que las administraciones estarían obligadas a cubrir los impagos de las cuotas del alquiler de los inquilinos que no las puedan pagar cuando se suspenda su desahucio, o en su defecto los gastos que acuerde con el casero, siempre y cuando no sea una empresa. Esa era una de las exigencias planteadas por Junts en los últimos meses para apoyar un paquete de medidas de vivienda.
Si se aprueba el decreto en los términos del borrador, los inquilinos con contrato en vigor al corriente de pago podrán obtener prórrogas hasta el último día de 2028, como Sumar reclamaba. No obstante, conseguir estas extensiones del contrato al mismo precio durante dos años no será tan sencillo como solicitarlo una única vez: el inquilino podrá pedir “una prórroga extraordinaria por plazos anuales y hasta un máximo de dos años adicionales”, es decir, que tendrá que solicitarla por segunda vez cuando vaya a vencer el primer año de extensión si quiere disfrutar del segundo. El casero tan solo podrá negarse a esta prórroga si ofrece al arrendatario la renovación de su contrato o la firma de uno nuevo con un precio rebajado al menos un 5%.
El borrador, además, incluye una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos para establecer que el alquiler de temporada esté sujeto a las mismas restricciones para caseros y ofrezca los mismos derechos a los inquilinos que el arrendamiento ordinario. Por el contrario, Vivienda ha renunciado a que el decreto contenga una regulación similar para el alquiler por habitaciones, una decisión que Junts apoya pero que Sumar rechaza de plano y que, según fuentes de la formación, está intentando revertir en la recta final de las negociaciones puesto que “constituye una de las principales vías de entrada de la especulación y los abusos en el mercado del alquiler”.
Más incentivos fiscales para caseros e inquilinos
En cuanto a la pata fiscal del decreto, el Gobierno plantea ampliar las deducciones en el IRPF para los caseros, que podrán reducirse hasta el 100% de lo que ingresan por los alquileres en algunos supuestos (ahora es hasta el 90%). En concreto, la ampliación hasta eximir de tributación todas estas rentas es si rebajan más de un 5% el precio del alquiler a sus inquilinos una vez finalizado su contrato previo; o si firman un acuerdo con otro arrendatario y la renta inicial es inferior al máximo fijado por el índice de referencia que elabora el Ministerio de Vivienda.
Este porcentaje se recorta al 95% si se alquila en una zona tensionada a menores de 35 años, o del 90% si solo se cumple el primero de estos requisitos. La deducción actual se amplía al 85% para aquellos alquileres a jóvenes de hasta 35 años.
El alivio fiscal si el casero mantiene el precio del alquiler a un nuevo inquilino, en relación con el contrato previo, será del 50%, en una escala progresiva que se recorta hasta el 15% cuando el incremento de precio sea ‘solo’ del 20%.
Para los inquilinos, el borrador plantea una deducción solo para aquellos jóvenes que residan en zonas tensionadas con ingresos anuales inferiores a 33.007,20 euros. En concreto, podrán deducirse hasta el 10% de lo que han pagado por el alquiler de su vivienda habitual, hasta un tope máximo de 11.630 euros anuales, en el caso de que los ingresos se sitúen por debajo de 23.007,20 euros al año.
Source – eldiario News

